c) Boleta de venta
Es
el comprobante de pago que se emiten en operaciones con consumidores o usuarios
finales, y que no permite ejercer el derecho al crédito
fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.
Cuando
el importe de la venta o
servicio prestado supere media (1/2) U.I.T. por operación, será necesario
consignar los siguientes datos de
identificación del adquirente o usuario: apellidos y nombres, dirección y
número de su documento de identidad.

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